NEOTEC 2024 tiene prevista su apertura para finales de este mismo mes

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CDTI CONVOCARÁ NEOTEC 2024 PRÓXIMAMENTE CON UNA RESERVA PARA PROYECTOS LIDERADOS POR MUJERES

La convocatoria 2024, aún pendiente de apertura, financiará los proyectos que comenzarán en enero de 2025 para llevarse a cabo en uno o en dos años. De nuevo, este año Neotec permitirá solicitar financiación extra para la contratación de doctores, y volverá a tener una reserva para proyectos liderados por mujeres, si bien no se ha confirmado la cuantía de dicha reserva.

En 2023, se presentaron aproximadamente 430 proyectos a esta convocatoria. Con un presupuesto de 40 millones de euros, se financiaron 131 proyectos. De estos, 16 fueron beneficiarios de la línea destinada a mujeres emprendedoras, que contaba con un presupuesto específico de 5 millones de euros. Las áreas tecnológicas principales cubiertas por Neotec fueron TIC (42%) e industria (20%), seguidas por salud (8%), biotecnología (7%) y energía (5%).

El objetivo de Neotec es financiar pequeñas empresas de reciente constitución cuyo modelo de negocio gire en torno al desarrollo y comercialización de tecnología propia, y subvenciona hasta el 70% de los gastos de los planes de empresa con un límite de 250,000 €, sin embargo, en el caso de que se contemple la contratación de un/a doctor/a, se podrá acceder a una financiación del 85% de los gastos con un límite de 325,000 €. Las empresas solicitantes deberán tener una antigüedad de entre 6 meses y 3 años en el momento de la solicitud, así como un capital social más prima de emisión de al menos 20,000 € desembolsado.

Plazo de solicitud

Finales de febrero a finales de abril del 2024

Objetivo del programa NEOTEC

Neotec tiene como objetivo financiar nuevas empresas, en sus etapas iniciales, cuyo modelo de negocio sea el desarrollo y la comercialización de productos o servicios basados en tecnología propia generada a partir de una actividad investigadora.

Las ayudas se destinan a proyectos empresariales de cualquier ámbito tecnológico o sectorial. Cabe destacar que no se financian proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Presupuesto máximo de la convocatoria

El presupuesto para 2024 es de aproximadamente 40.000.000€.

Reserva presupuestaria mínima de 5.000.000 euros destinada a proyectos liderados por mujeres.

Beneficiarios

Pequeñas empresas innovadoras (EBT)

Una empresa de base tecnológica (EBT) es una empresa cuya actividad se centra en la explotación de productos y servicios que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de una actividad investigadora. Las EBT basan la estrategia de negocio y actividad en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.

Características de la ayuda

Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Posibilidad de acceder a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos, indicados en el Anexo II de la convocatoria.

Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros.

Características del proyecto

Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.

Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones. La financiación concedida tendrá los siguientes límites: Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

Actuaciones plurianuales. Deberán iniciarse en 2023 y finalizar como máximo el 31 de diciembre de 2024.

Las actuaciones deberán respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH) lo que comporta el cumplimiento de condiciones específicas.

Financiación de la convocatoria

Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

Fondos “Next Generation EU”

Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.

Requisitos de los solicitantes

Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.

No existe ninguna restricción en cuanto al sector o a la tecnología a desarrollar. Sin embargo no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Gastos específicos y gastos elegibles

Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Primar con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor, con el fin de reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas.

Reforzar el apoyo a proyectos empresariales liderados por mujeres, para fomentar la igualdad en el emprendimiento en empresas de base tecnológica.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Se podrán financiar los siguientes gastos:
a) Inversiones en equipos, b) Gastos de personal, c) Materiales, d) Colaboraciones externas / asesoría, e) Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos. También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.

Igualmente, serán subvencionables los gastos de promoción y difusión, así como los gastos de formación, previstos en el Anexo II.

La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.

Los gastos subvencionables en los que incurra el beneficiario en sus operaciones comerciales deberán ser abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

No se financiarán

  • Gastos financieros.
  • Impuesto del Valor Añadido.
  • Obra civil, terrenos y edificios.
  • Vehículos de transporte.
  • Gastos de comidas y manutención, gastos de locomoción y viajes.

Desembolso de la ayuda

Una vez comprobado y verificado por parte de CDTI que se han realizado las inversiones para las cuales se concedió la subvención, se procederá a realizar el desembolso.

El solicitante podrá solicitar un anticipo del 60% de la subvención concedida, sin aportar garantías adicionales.

Evaluación

La aceptación o no del proyecto está sujeta a los sistemas de análisis y riesgo de CDTI. Dicha evaluación se realizará en una fase.

Criterios de valoración

La evaluación de las propuestas se realizará en base a los siguientes criterios:

CRITERIO PUNTUACIÓN UMBRAL
1. Valoración del plan de explotación comercial del proyecto. Se valorará el modelo de negocio, la previsión de generación de ingresos, el mercado potencial, las barreras de entrada al mercado, la competencia y las ventajas del producto/proceso/servicio. 0 – 30 15
2. Valoración de la tecnología e innovación del proyecto. Se valorará la tecnología propuesta, la necesidad tecnológica y su valor diferencial, la innovación y el reto técnico. Así mismo, se analizará el plan de gestión de la propiedad intelectual e industrial. También se tendrán en cuenta la calidad y claridad de la presentación de la propuesta. 0 – 35 21
3. Capacidad de gestión del equipo emprendedor involucrado en el desarrollo empresarial. Se valorarán la competencia y la formación y experiencia profesional previas en relación al proyecto. También se tendrá en cuenta el grado de compromiso y la dedicación del equipo técnico y gestor con el proyecto empresarial y la capacidad de relación. También se valorará la vinculación del equipo con redes y entornos de apoyo al emprendimiento. 0 – 30 15
4. Valoración del impacto socioeconómico y medio ambiental. Se valorará la creación de empleo prevista en el plan de negocio, las inversiones privadas movilizadas y las medidas orientadas a la igualdad de género, a la inclusión social y la sostenibilidad. 0 – 5 NA

 

FuenteCDTI